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Código de Mercadeo y Prácticas Comerciales
INDUCERV S.A.
1. Consideraciones y alcances
Este código aplica para todas las actividades comerciales con nuestros productos, abarcando:
Publicidad en cualquier medio
Acciones promocionales en todos los canales
Desarrollo y contenido de sitios web
Planeación y ejecución de estrategias y tácticas de mercadeo y ventas
Empaques, envases y etiquetas
Material POP
Todo tipo de eventos
Estas actividades deben ceñirse a la letra y espíritu de toda la legislación colombiana aplicable ó la del país donde se comercialicen nuestras marcas. Igualmente, deben ajustarse a lo estipulado en el “Acuerdo sobre lo fundamental” en cualquiera de sus códigos ó políticas.
INDUCERV S.A., como miembro de Brewers Association (BA), adhiere al “Brewers Association Marketing and Advertising Code” adoptado en Febrero de 2008 y que se considera incorporado a este Código.
INDUCERV S.A., actuando en el mercado colombiano, acoge voluntariamente el “Código de Prácticas Responsables para la Publicidad y Mercadeo de Bebidas con Contenido Alcohólico” suscrito en Diciembre de 2007 por ACIL (Asociación Colombiana de Industrias Licoreras), ACODIL (Asociación Colombiana de Importadores de Licores y Vinos) y Bavaria y que se considera incorporado a este Código.
INDUCERV S.A. declara que la cerveza es una bebida de moderación que debe ser consumida responsablemente y se opone tajantemente a que sea utilizada de manera excesiva, abusiva ó inapropiada.
2. Mandatos
Adicional a lo estipulado en las normas y códigos mencionados en el numeral anterior y que se consideran incorporados a este Código, INDUCERV se compromete a:
- Incluir todos los sitios web de la empresa ó sus marcas de cervezas y en todas sus piezas de comunicación la declaración: “Disfrute con moderación”.
- Incluir en todos los sitios web de la empresa ó sus marcas de cervezas los textos de los códigos de auto regulación a los que se ha adherido.
- No hacer ninguna referencia favorable a los efectos de la intoxicación.
- Respetar las personas que eligen individualmente no consumir cervezas.
- No mostrar la abstinencia como algo negativo.
- No insinuar ni declarar que rechazar una cerveza es equivocado ó estúpido.
- Someter a consideración del Comité de Gerencia y la Junta Directiva de la compañía el patrocinio ó la participación en eventos ó equipos deportivos cuando el consumo de cervezas pueda aparentar ser riesgoso ó contrario a lo estipulado en este Código.
3. Políticas comerciales
INDUCERV S.A. en aplicación de los principios de libre empresa y por voluntad propia de sus directivos establece que:
- No se negociará ni exigirá ningún tipo de “exclusividades” a ningún cliente porque son ilegales, creemos en la libre competencia, y queremos que nuestros clientes tengan variedad de productos para escoger y disfrutar.
- No se harán aportes en dinero ó especie a ningún detallista en contraprestación a retirar ó bloquear marcas de nuestros competidores de su establecimiento.
- Los compromisos adquiridos por los funcionarios de la Compañía con los clientes, consumidores y proveedores serán respetados y cumplidos siempre y cuando se encuentren en el marco del presente Código, se ajusten a estas políticas comerciales, hayan sido avalados por la Gerencia Comercial y General, se ciñan a las leyes colombianas y a los acuerdos gremiales.
- Los funcionarios del Departamento Comercial están obligados a evitar y reportar todo acto de soborno.
- La información del mercado se debe obtener de manera legal, solo utilizarse para los fines previstos y manteniendo la confidencialidad respectiva.
- Nos abstendremos de efectuar alguna acción en el mercado que se constituya en “competencia desleal” ó en una práctica comercial “no aceptable”.
- Para INDUCERV S.A. el cliente ó consumidor tiene la razón hasta que perjudica la imagen ó reputación de la compañía, atenta contra lo estipulado en este Código ó afecta nuestra rentabilidad.
- Nunca hablaremos de la competencia en términos negativos ni peyorativos.
- Prácticas comerciales como el “jineteo” están expresamente prohibidas y ocasionarán las sanciones del caso.
- Ningún funcionario de INDUCERV S.A. podrá poseer ó ser socio de negocios ó actividades paralelas que tengan que ver con productos y/o bio-productos de la compañía en cualquier etapa de la cadena de abastecimiento.
4. Cumplimiento del Código
- El cumplimiento de este Código es obligatorio y debe ser conocido y aceptado por todos los funcionarios de la compañía que tengan relación directa con actividades de mercadeo ó prácticas comerciales.
- El cumplimiento de este Código es responsabilidad principal del Gerente Comercial.
- Todos los terceros vinculados a alguna actividad de mercadeo ó práctica comercial deben recibir una copia de este Código, sus respectivos anexos y demás Códigos incorporados. INDUCERV S.A. se compromete a inculcar en ellos el respeto y acatamiento a este Código, en especial, en el caso de comercializadores y distribuidores de nuestras marcas.
- Cualquier evento no cubierto por este Código debe dirimirse con base en lo dispuesto en el “Acuerdo sobre lo fundamental” ó en su defecto por el Comité de Gerencia y la Junta Directiva de la Compañía.
- Todo funcionario que reciba críticas con respecto a sus actividades de mercadeo y ventas deberá, sin excepción, reportarlo a la Gerencia Comercial o General.
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